- Entendemos la sensibilidad de su caso y por tanto le garantizamos absoluta reserva y cláusula de confidencialidad en la que CENIPSA SAS se compromete a la no utilización de esa información por ningún motivo. Cada uno de nuestros casos se les entregará el material resultante de la investigación y por ningún motivo habrá divulgación alguna o copias.
- Nuestro personal tiene claro la cláusula de confidencialidad para beneficio del contratante, por esta razón todo se maneja desde Bogotá para evitar riesgo de fuga de información.
- Nuestro personal se encuentra entrenado y calificado para este tipo de misión.
- POR SU SEGURIDAD. Nuestro personal no está autorizado para comunicación directa con el cliente, ni para recibir dineros o realizar cualquier transacción comercial con los mismos. De presentarse este tipo de conducta agradecemos el informarnos de inmediato.
- FUNDAMENTOS DE DERECHO DE LA ACTIVIDAD DE DETECTIVES PRIVADOS
- El Investigador Privado, por naturaleza es un colaborador de la justicia (artículo 257 de la Constitución Política de Colombia, el numeral 21 del artículo 85 de la ley 270 de 1996 y la ley 446 de 1998), y tomando en cuenta los cambios traídos a la legislación colombiana por el nuevo Sistema Penal Acusatorio (Ley 906) y por el nuevo Código General del Proceso en materia de Derecho Civil, Laboral y Administrativo, se establece que las dinámicas probatorias han cambiado radicalmente, puesto que por ejemplo la responsabilidad de la recolección de la prueba, ya no recaerá en los jueces, sino que serán las partes quienes deberán llegar al proceso con las pruebas que pretendan hacer valer, ya recolectadas; también desaparece la lista de auxiliares de la justicia, motivo por el cual las partes deberán traer sus propios peritos. Todo lo anterior fortalece la labor investigativa previa al litigio y enlaza la relación entre investigadores privados, peritos y abogados, frente a las nuevas dinámicas del proceso, en las cuales deberán actuar mancomunadamente con el objeto de descongestionar los estrados judiciales y la actividad del juez, trasladando amplias responsabilidades a las partes.
- CENIPSA SAS asesora a la defensa en materia de cadena de custodia, proyectada en la valoración de la legalidad, autenticidad, integridad, preservación, seguridad, almacenamiento, continuidad y registro de los elementos materiales e intangibles probatorios y evidencia física para el caso.
- Dentro de los requisitos mencionados por el nuevo Código General del Proceso, en materia de la legalidad de las pruebas aportadas, se exige que las Empresas de Detectives Privados tengan dentro de su objeto social la actividad de “Investigaciones Privadas”; como se podrá constatar que CENIPSA SAS, es una empresa legalmente constituida y que en el documento privado de constitución, registrado ante la Cámara de Comercio de Bogotá, figura esta actividad como nuestro Objeto Social, para cumplir cabalmente con todos los parámetros que enmarca la ley para este tipo de Empresas.
Productos y servicios
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